• Extinción del contrato de las empleadas de servicio doméstico

    Extinción del contrato de las empleadas de servicio doméstico.

    -En el caso de expiración del tiempo convenido, el empleador deberá poner a disposición del trabajador una indemnización equivalente a siete días de salario real en metálico por cada año de trabajo, con un límite de 6 mensualidades.

    - En caso de declaración de despido improcedente, la indemnización será equivalente al salario en metálico de 20 días naturales por año de trabajo, con un límite de 12 mensualidades.

    -El contrato podrá extinguirse por desistimiento del empleador en cuyo caso deberá comunicarlo con 20 días de antelación si la prestación de los servicios hubiera sido superior al año.

     

     


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    Lista de comentarios

    Zaida Miranda Moron18/07/2011 23:11:29

    Me gustaria saber por que mi tarjeta me ha salido solamente con RESIDENCIA y no asi RESIDENCIA Y TRABAJO ,ya que estoy trabajando como empleada de servicio domestico y los hijos del señor que cuido me hicieron contrato por un año?

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