Nueva ley contratación empleadas del servicio doméstico
Fruto de la reforma que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2012 por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social se incluirá a los empleados del hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, lo que supone una equiparación de derechos y deberes con los restantes trabajadores, aunque no en todos los aspectos, como la prestación por desempleo.
La cotización se hará en función de las horas trabajadas. Entre las dos cuantías que establece la ley (la mínima de 19,84 para contratos de 20 horas semanales y 164,6 de máximo para jornada completa) hay un total de 15 escalones de cotización.
La ley además establece que el contrato del empleado del hogar habrá de ser por escrito y no podrá ser, como hasta ahora sucedía, de carácter temporal anual sin justificación.
Asimismo se establece que el salario mínimo será el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), y se establecen dos pagas extraordinarias al año cuyo importe no podrá ser inferior al SMI. El pago del sueldo en especie cuando el empleado resida en el hogar familiar se reduce del 45% al 30%.
La indemnización por despido pasa de 7 a 12 días. Los empleados del hogar también tendrán derecho a una prestación por incapacidad temporal que cubrirá el empleador de los primeros tres a ocho días, y que a partir del noveno día la Seguridad Social.
Los trabajadores del hogar no tendrán derecho a una prestación por desempleo.
La ley da un plazo de seis meses para que los empleados y los empleadores puedan adaptarse a la nueva situación, con lo que la integración de los trabajadores será plena a partir del 1 de julio de 2012.